BIENVENIDA:
Bienvenido al Canal Interno de información del Ayuntamiento de Tuineje, integrado en el Sistema Interno de Información, creado de conformidad con lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de Febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (en adelante, Ley de Protección de Informantes, LPI).
NORMATIVA APLICABLE:
- Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. LPI
- Reglamento de funcionamiento del sistema interno de información de la Excma. Ayuntamiento de Tuineje Reglamento
FINALIDAD DE LA NORMA:
- Otorgar una protección adecuada frente a las represalias que puedan sufrir las personas físicas que informen sobre alguna de las acciones u omisiones a que se refiere el artículo 2 de la LPI.
- Conseguir el fortalecimiento de la cultura de la información, de las infraestructuras de integridad de las organizaciones y el fomento de la cultura de la información o comunicación como mecanismo para prevenir y detectar amenazas al interés público.
FUNCIONAMIENTO:
A través de este canal interno de información, los empleados públicos del Ayuntamiento de Tuineje, así como las personas relacionadas en el art. 3 de la Ley de Protección de Informantes podrán presentar la información obtenida sobre infracciones tipificadas en el artículo 2 de la LPI, en un contexto laboral o profesional.
La información que podrá ser objeto de tramitación presentada a través del Canal Interno de Información, o de alguna de las formas establecidas en el Reglamento de Funcionamiento del Sistema Interno de Información y de la Ley de Protección del Informante será la relativa a:
- Infracciones por acciones u omisiones contrarias a la legislación de la Unión Europea enumeradas en el anexo de la Directiva UE 2019/1937 ó, que afecten a sus intereses financieros o incidan en su mercado interior.
- Infracciones penales y administrativas graves y muy graves (dentro de la legislación española y, en todo caso, las que impliquen quebranto para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social).
A través de los formularios que se adjuntan los informantes podrán:
- Presentar información relativa a los supuestos establecidos en el art. 2 de la LPI.
- Consultar el estado de tramitación de la información presentada por el informante.
Se garantiza la confidencialidad de todas las comunicaciones, pudiendo presentarse de forma anónima en los términos de la LPI y el Reglamento de funcionamiento del Sistema Interno de Información.
Una vez envíe el formulario, recibirá en pantalla un acuse de recibo junto con un código para que pueda consultar el estado de tramitación de la información presentada. El informante deberá conservar el código ya que será el único modo de acceder al estado de la información presentada en caso de que no se aporten datos identificativos o de contacto.
Nota.- La presentación de quejas y sugerencias debe realizarse a través del acceso ?sugerencias? existente en la página web del Ayuntamiento de Tuineje. Pinche aquí para acceder.