Oficina Virtual de Trámites

Ayuntamiento de Tuineje

AUTORIZACIÓN PREVIA PARA CELEBRACIÓN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

AUTORIZACIÓN PREVIA PARA CELEBRACIÓN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

Destinatarios

Personas físicas o jurídicas interesadas.

Lugar de solicitud

Registro General

Paseo de la Libertad esquina C/ Matías Hernández López.

CP: 35629 - Tuineje

Teléfonos: 928 16 40 45

                 928 16 43 53

Fax:          928 16 41 86

Horario:  De Lunes a Viernes de 09:00 a 14:00 h

               Sábados de 09:00 a 13:00 h

Mes de Agosto: De Lunes a Viernes de 09:00 a 13:00 h

 

Tenencia de alcaldía en Gran Tarajal

C/Nicaragua, s/n.

CP: 35620 - Gran Tarajal

Teléfonos: 928 16 27 20

Horario: De Lunes a Viernes de 09:00 a 14:00 h

Meses de Agosto: De Lunes a Viernes de 09:00 a 13:00 h

Documentación a presentar

La solicitud de autorización debe ir acompañada de la documentación siguiente:

a) Memoria de seguridad o plan de autoprotección del recinto o local y plan de seguridad del evento, estudio de impacto acústico y dispositivo de asistencia sanitaria, en los casos en los que dicha documentación fuere exigible de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos.*

b) Declaración responsable de la persona promotora u organizadora, en su caso, donde haga constar el compromiso de contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra el riesgo y de disponibilidad de la finca o local.

c) Documento acreditativo de la disponibilidad del local o inmueble para la realización del espectáculo o, en el caso de bienes públicos pertenecientes a administraciones distintas de la que haya de resolver, el oportuno título habilitante para el uso del inmueble.

d) En su caso, certificaciones previstas en el artículo 21.2 del Reglamento aprobado por Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos.

En el supuesto de que la solicitud se presente a través de medios electrónicos, es necesario anexar la documentación en formato electrónico. En caso de que se formalice de manera presencial, es necesario aportar la documentación en soporte electrónico y una copia en soporte papel.

* En caso de que la documentación no estuviera visada, se deberá aportar declaración responsable firmada por el técnico redactor de acuerdo al modelo que se puede descargar de esta web

Plazo de solicitud

Durante todo el año

Costes

 

Información

Oficina Técnica
Paseo de la Libertad esquina C/ Matías Hernández López.

CP: 35629 - Tuineje

Teléfonos: 928 16 40 45

                 928 16 43 53

Fax:          928 16 41 86

Horario:    De Lunes a Miércoles de 09:00 a 13:00 h (Atención Presencial)

                 De Lunes a Viernes de 11:00 a 13:00 h (Atención telefónica, supeditada a la atención presencial)

Mes de Agosto: De Lunes a Viernes de 09:00 a 13:00 h

Unidad Tramitadora

Oficina Técnica.

Órgano de Resolución

Alcaldía o Concejal Delegado.

Plazo Máximo de Tramitación

Instruido el expediente, la resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de quince días, a contar desde que la solicitud tuvo entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

Silencio Administrativo

Si no se dicta resolución expresa dentro del plazo reglamentario, la solicitud de autorización se entenderá estimada por silencio administrativo positivo.

No obstante lo anterior, se considerarán desestimadas por silencio administrativo negativo aquellas solicitudes de autorización de espectáculos de las que se pudiera derivar la habilitación para el uso de los bienes de titularidad pública en que aquellos se vayan a celebrar.

Normativa Aplicable

  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

  • Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios.

  • Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

  • Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

  • Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias del Gobierno de Canarias.

  • Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos del Gobierno de Canarias.

  • Normas Subsidiarias de Tuineje aprobadas definitivamente por Pleno COTMAC el 18/05/1990, publicado el 08/03/1991 en el BOC 031/91

  • Ordenanza de protección contra la contaminación acústica y térmica del municipio de Tuineje publicado en Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 73, miércoles 6 de junio de 2012.

Copyrights © 2024 Ayuntamiento de Tuineje

Made with by add4u